Reclamación de indemnización por finalización de contratos temporales

17 enero 2020

El personal con contrato laboral en Osakidetza, institutos forales y contratados temporales de clínicas y residencias privadas tiene derecho a una indemnización por finalización de contrato.

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Tras varios vaivenes de los órganos judiciales, se ha determinado que, al terminar los contratos laborales temporales de relevo, eventuales y de obra o servicio determinado, las Administraciones Públicas, Institutos Forales y Empresas Privadas, están obligadas al abono de una indemnización por finalización de contrato que deben abonar en la nómina finiquito.

Los únicos contratos que a la finalización legal no tienen determinada una indemnización son los de interinidad/sustitución y formativos.

En caso de que no te abonen ninguna indemnización a la finalización del contrato ponte en contacto con tu sección o sede provincial para iniciar la reclamación correspondiente. Te recordamos que el plazo de reclamación es de 1 año desde la finalización del contrato.

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