Laboral

Conciliación familiar y corresponsabilidad: Nuevos cambios normativos

El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, con efectos desde el 30 de junio, incluye importantes medidas en el ámbito estatutario y laboral, encaminadas al refuerzo a la conciliación
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En el BOE del día 29 de junio se publicó el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (RDL 5/2023), que entre otras medidas se recoge la transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores;  

Este RDL 5/2023 incluye importantes medidas de índole laboral, como las que afectan a la conciliación de la vida familiar y profesional, prevista en el Proyecto de Ley de Familias y que finalmente se ha aprobado por este RDL 5/2023, y que entró en vigor el 30 de junio de 2023, y conlleva la modificación del Estatuto de los Trabajadores, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 

Personal estatutario de Osakidetza.  

Ayer en Mesa Sectorial de Sanidad Osakidetza ha expuesto que el personal ya contaba con medidas sobre algunas licencias y permisos que superan lo aprobado y, por tanto, ha trasladado la aplicación tras la modificación del EBEP en la licencias de fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica- 

También ha trasladado la puesta en marcha del permiso parental no retribuido de hasta 8 semanas para el cuidado de hijo/a, o menor acogido por tiempo superior a un año. 

Si desde la entrada en vigor has solicitado estos permisos y te lo han denegado en espera de criterio de aplicación contacta con tu delegada/o. 

Personal laboral de otras AAPP y empresas privadas. 

El Decreto también ha supuesto la modificación del Estatuto de los trabajadores y supone la aprobación de medidas para el personal laboral en materia de conciliación y corresponsabilidad, algunas de ellas pendientes de desarrollo reglamentario y de trasposición total de la Directiva que puede ser en un futuro.  

En caso de que el convenio colectivo o pacto de empresa que se te aplica lo supere, sería de aplicación preferente.  

Descárgate la infografía de SATSE EUSKADI para conocer todos los detalles.