Laboral

Servicios prestados: Revisa tus días tras la Sentencia del Tribunal Supremo ¡te ayudamos!

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (Sentencia 324/2024, de 28 de febrero de 2024 Sala de lo Contencioso-Administrativo, Rec. n.º 756/2022) hace referencia a los días de vacaciones que los servicios de salud abonan antes que facilitar su disfrute dentro de la duración del nombramiento

Estos días aparecen en la vida laboral del personal estatutario como “VACACIONES RETRIBUIDAS NO DISFRUTADAS” y el TS establece que estos días deben ser reconocidos como tiempo de servicios prestados por los diferentes servicios de salud siempre que no se solapen con días efectivos en otro contrato.

Esta cuestión tiene afectación en tu antigüedad y servicios prestados que son baremados en procesos de selección y provisión; OPE, CTAP, movilidad interna, listas de contratación, carrera profesional, antigüedad… Debes tenerlo en cuenta en las próximas publicaciones de listados que se produzcan y revisar la baremación de tu experiencia profesional.

SATSE ha solicitado ya a Osakidetza, IFAS e IFBS, la aplicación de la sentencia y su reconocimiento directo de estos días en la baremación de méritos de todos los procesos en vigor y a futuro, y, por tanto, pide que sea tenida en cuenta en las próximas publicaciones de los listados de dichos procesos.

¿Cómo revisar mis servicios prestados? (Consulta el documento de interés en esta noticia)

  1. Obtén tu vida laboral on line en el siguiente enlace Categorias (seg-social.gob.es)
  2. Revisa las fechas del concepto ‘vacaciones retribuidas y no disfrutadas’ y comprueba que estas son consecuencia de un nombramiento de Osakidetza, IFAS, IFBS o cualquier Administración pública con el código de cotización (izqda).
  3. Comprueba que esas fechas no coinciden con contratos de Osakidetza, IFAS, IFBS o cualquier Administración Pública.
  4. Suma los días que aparecen a la derecha que no conlleven solape con contratos.
  5. Suma estos días a los que tienes reconocidos como servicios prestados, y divide la suma entre 30 para obtener meses completos, y desechar los restos de días antes de multiplicar por el valor/mes del proceso correspondiente (según criterios publicados en cada uno) y comprueba si afecta a tu puntuación actual.

Si te encuentras en esta situación te ayudamos a revisarlo elaborar tu correspondiente reclamación si no se tiene en cuenta en la baremación. ¡Consulta con tu delegada!