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Modificación de los complementos por IT en Osakidetza

Los  nuevos porcentajes se aplicarán a partir del 1 enero de 2014

El Gobierno vasco ha aprobado la modificación de los complementos de Incapacidad Temporal para el personal empleado público vasco. Los  nuevos porcentajes se aplicarán a partir del 1 enero de 2014 a las nuevas bajas, y también a las que se iniciaron en 2013 y estaban “vivas” a esa fecha.

Recordar, que fruto de los recortes, el personal de Osakidetza perdió el derecho al complemento hasta el 100% de sus retribuciones en situación de IT, y de forma más perjudicial que en el conjunto del estado.

Durante 2012 y 2013  los porcentajes del complemento de IT han sido: Del primero al tercer día, el 50%, la primera baja del año, y el 40% la segunda baja. En procesos posteriores 0% los 3 primeros días y a partir del 4º día se percibía el complemento. Del 4ª al vigésimo, el  75%, del vigésimo primer día al cuadragésimo cuarto día, el 85%; a partir del cuadragésimo quinto día, el 100% de las retribuciones.

Los  nuevos porcentajes son:
 
 

     Complemento de IT hasta el 100% de las retribuciones en:

  • Los permisos por parto, adopción, acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural ( según lo dispuesto en el Acuerdo de Osakidetza)
  • Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencia profesionales
  • En los procesos de IT que sean consecuencia directa del estado de gestación
  • En los procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes que generen hospitalización o intervención quirúrgica

En el resto de supuestos:

  • Durante los tres primeros días, el 50%
  • Desde el 4º hasta el vigésimo, ambos inclusive, el 75%
  • A partir del vigésimo primero, inclusive, el 100%  

Asimismo, Osakidetza va a realizar una nueva instrucción sobre incapacidad temporal y está previsto que en la misma incorpore algunas especificidades propias de Osakidetza.